La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) realizó cambios en el régimen de facturación y modernizó el procedimiento para solicitar la habilitación de comprobantes clase “A”.
Lo hizo por medio de la Resolución General 5762/2025, publicada en el Boletín Oficial, que dispuso que se dejarán de utilizar las facturas clase “M”, reemplazándolas por facturas clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.
Si al momento de solicitar la habilitación de comprobantes clase “A” el contribuyente cumple con los requisitos establecidos, pero no acredita solvencia patrimonial, podrá optar por utilizar las facturas clase “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”, que no se encontrarán sujetas a retenciones, explicó ARCA.
Según señaló el organismo, esta nueva norma sustituye diversas resoluciones vigentes desde hace más de 20 años, y de esta manera, simplifica el esquema de facturación.
Con la RG se flexibiliza la evaluación cuatrimestral automática del comportamiento fiscal, que podrá derivar en la modificación de la clase de comprobantes habilitada.
Se realizará una simulación preventiva de manera anticipada para que los contribuyentes puedan corregir las irregularidades detectadas en forma previa. En caso de regularizar las inconsistencias de manera posterior a la evaluación definitiva, se podrá solicitar un reproceso web de los controles, a efectos de recuperar la habilitación clase “A”.
La norma entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre de 2025.
ARCA también publicó la Resolución General 5764/25 que complementa a esta modalidad y adapta el sistema normativo previo.
Características de los nuevos comprobantes
ARCA comenzará a otorgar habilitación clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”, en las circunstancias que previamente se otorgaba habilitación clase “M” y adjudicará automáticamente la habilitación clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” a aquellos que posean habilitación clase “M” al momento de entrada en vigencia del nuevo esquema.
La emisión de estos comprobantes mantendrá la codificación actualmente utilizada, bajo la nueva denominación y continuará con la correlatividad de la numeración respecto de aquellos generados como clase “M”, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia; salvo que se habilite un nuevo punto de venta para los mismos.