La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para que las empresas que hayan rectificado pérdidas contables computadas incorrectamente puedan adherirse al plan de facilidades de pago vigente.
Según lo establecido en la Resolución General 5767/25, publicada en el Boletín Oficial, el nuevo vencimiento será el 28 de noviembre de 2025, en reemplazo de la fecha original fijada para el 31 de octubre de 2025.
Al régimen (implementado mediante la RG 5684/25 y modificado por la RG 5742/25) pueden adherir contribuyentes que hayan actualizado quebrantos en 2023 y en años anteriores, así como las que planeaban ajustarlos por su período fiscal 2024 y hayan manifestado mediante presentación digital o judicialmente esa decisión.
El plan de pagos permite a los contribuyentes regularizar saldos resultantes de declaraciones juradas en las que se hayan computado quebrantos incorrectamente o donde se utilicen quebrantos a valores históricos.
Cómo es el plan de facilidades
El plan incorpora la posibilidad de incluir las multas vinculadas a las obligaciones alcanzadas por el régimen de facilidades de pago, además de los saldos del impuesto y sus correspondientes intereses.
También prevé una disminución del porcentaje inicial a ingresar como pago a cuenta, del 3% al 2% del total de la deuda.
Condiciones y requisitos
El plan de pagos podrá cancelarse en hasta 120 cuotas, con un pago a cuenta equivalente al 2%. El monto mínimo de la cuota será de hasta 500.000 pesos.
El requisito previo es rectificar la Declaración Jurada del impuesto a las ganancias, revirtiendo el quebranto, y retrotraer compensaciones efectuadas.
Refinanciación de planes vigentes
Se admite para quienes cumplan la condición objetiva y no requiere un nuevo pago a cuenta.
Plazos
Las adecuaciones se encontrarán disponibles para la adhesión en el sistema informático “Mis Facilidades”.
La refinanciación de los planes vigentes se podrá realizar hasta el próximo 28 de noviembre.