El Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba presentó ante la Legislatura el proyecto de Presupuesto 2026.
Los principales puntos son los siguientes, según resume el Cr. Nicolas Boglione, asesor tributario del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (CPCE).
- Ingresos Brutos (IIBB)
- En general, los incrementos rondan el 27-28% respecto a los valores del año 2025.
- En particular: incrementa 27.8% las multas formales como no presentar una declaración jurada.
- Ingresos Brutos en el Monotributo:
Los importes de ingresos brutos y contribución municipal incrementarán según el IPC nacional, al igual que el incremento del Monotributo nacional.
Mantiene la exención de IIBB, de las categorías A y B, del monotributo que realicen locación de inmuebles y actividades artísticas, musicales, entre otras. - Impuesto a los Sellos
- Reduce el impuesto sobre los boletos de compraventa de inmuebles y cesiones del 1.5% al 0,7%
- Mantiene en el 0.75% el impuesto sobre los contratos de arrendamientos de inmuebles rurales
- Mantiene en el 1% el impuesto sobre la inscripción de maquinaria agrícola, tractores, etc.
- Mantiene en el 1,5% el impuesto sobre las liquidaciones de las tarjetas de credito o de compras.
- Régimen General
Se incrementa en un 29,55% los montos de los ingresos del periodo anterior, para los cuales el contribuyente podrá aplicar alícuota reducida.- Si el contribuyente (comercio por ejemplo) tuvo ingresos por todo concepto durante el año 2025 (de Enero a Diciembre) por un monto inferior a $88.100.000, pagará la alícuota reducida de ingresos brutos.
- Si tuvo ingresos entre los $88.100.000 y los $431.800.000, tributará la alícuota general de su actividad que en general es del 4,75%. Y si superó los $431.800.000 (incremento del 29,59), tributará la alícuota agravada según la actividad que desarrolle, que en general ronda el 5.5 a 7%.
- El monto mínimo a pagar mensual se incrementa un 29,73%, correspondiente pagar por mes mínimo de $19.200.
- Actividad industrial: exenta si durante el año 2025 obtuvo ingresos inferiores a $3.200.000.000 (27,49% de incremento respecto al año anterior. En el día del Industrial en la UIC había el gobernador había anunciado que se incrementaba a los $3.200 millones la exención de industria, pero recién lo plasma desde el 2026).
- Locación de inmuebles: se incrementa un 30.8% el monto no alcanzado por IIBB (mensual $1.230.000 – anual $14.760.00). Mantiene la reducción del 1.5% en la alícuota si el contrato tiene pagado el impuesto a los sellos.
- Operaciones con monedas digitales: se incrementa un 29.5% el monto mensual no alcanzado ($408.000)
- Alícuota general se mantiene en el 4,75%.
- Venta minorista de gas en garrafa se mantiene en el 5% de alícuota general y 6% la alícuota agravada (comercios de barrios que venden garrafas al consumidor final).
- Mantiene la alícuota del 4,75% general y 5% la agravada para las concesionarias de automóviles.
- Mantiene la alícuota del 2% para la comercialización mayorista de combustibles y 3,25% la venta al público (consumidor final).
- Farmacias: alícuota general se mantiene en el 1,5% y la reducida reduce al 0,70%.















