La Provincia de Córdoba actualizó l el Registro de Agencias de Vehículos Usados – Compra Segura (RAVUCS) mediante la Resolución N.º 102/2025 de la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, publicada en el Boletín Oficial el 10/12/25. La nueva normativa introduce requisitos más estrictos para las agencias del sector y refuerza los mecanismos de control sobre la comercialización de vehículos usados.
La resolución deroga y reemplaza la Resolución N.º 19/2021 y responde al incremento de reclamos por parte de consumidores, así como a la detección de diversas prácticas comerciales irregulares.
En este sentido, el Cr. Nicolás Boglione señaló que “la actualización del RAVUCS busca ordenar el mercado de vehículos usados y elevar los estándares de información y responsabilidad de las agencias, fortaleciendo la confianza de los consumidores y la seguridad jurídica de las operaciones”.
La normativa establece la obligatoriedad de inscripción en el RAVUCS para toda persona humana o jurídica que se dedique de manera habitual y profesional a la comercialización de vehículos usados, incluyendo actividades de intermediación o consignación, tanto de automotores como de motocicletas. Las agencias y empresas alcanzadas disponen de un plazo de 90 días, contado desde la publicación de la resolución, para efectuar la inscripción o renovar la ya existente.
El régimen es implementado a través del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, junto con la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, y tiene como objetivo adecuar el registro a las actuales condiciones del mercado, brindando mayor seguridad jurídica a las operaciones.
Entre los principales aspectos de la actualización, se destaca la exigencia de acreditar información vinculada a la solvencia y calidad de los productos ofrecidos, así como la presentación de toda la documentación que respalde la relación con consumidores y usuarios, tales como contratos, publicidades y remitos. Asimismo, la Dirección General queda facultada para revisar y autorizar la documentación contractual y publicitaria, a fin de garantizar el cumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor.
La resolución también impone a las agencias la obligación de informar de manera clara sus datos identificatorios (razón social, CUIT y domicilio) en sus sitios web y redes sociales. En caso de incumplimiento, las empresas que no se encuentren inscriptas una vez vencido el plazo previsto podrán ser pasibles de sanciones conforme a la normativa vigente.
Finalmente, Boglione remarcó que “el cumplimiento de esta normativa no solo reduce la litigiosidad, sino que también contribuye a profesionalizar el sector y a generar un entorno de mayor transparencia y previsibilidad”.
Cr. Nicolás Boglione
MP 10.15778.1
Asesor Impositivo – CPCE Córdoba


