La FACPCE pidió a ARCA considerar medidas excepcionales para las PyMES

Las autoridades de FACPCE, en representación de todos los CPCE del país, presentaron una nota al director de ARCA, Andrés Vázquez, describiendo la “preocupación” por las dificultades que “atraviesan numerosas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”. Por esa situación plantearon “la necesidad de medidas que equilibren la exigencia recaudatoria con la preservación de la capacidad operativa de las PyMEs”.

El texto señala que los datos oficiales de actividad muestra “un comportamiento heterogéneo” y que hay sectores en donde se registra un alza de los niveles de mora fiscal, “aún en empresas que históricamente han demostrado voluntad de cumplimiento y adecuado comportamiento tributario, con una consiguiente caducidad de una importante cantidad de planes de pago oportunamente suscriptos”.

“Si bien se encuentran vigentes los planes de facilidades de pago permanentes establecidos por la Resolución General Nº 5.321 y sus modificatorias (RG 5.629, 5.681 y 5.776), que constituyen herramientas de indudable utilidad para los contribuyentes, en numerosos casos sus condiciones resultan insuficientes para brindar una respuesta integral a las dificultades financieras y operativas que actualmente afectan al segmento PyME”, añade la presentación.

En ese marco, la FACPCE considera necesaria “la instrumentación de medidas excepcionales que permitan armonizar los objetivos de administración tributaria con la continuidad operativa de las empresas y el sostenimiento del empleo formal”.

En esa línea, apunta:

*Implementar un régimen especial de facilidades de pago destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que contemple una mayor cantidad de cuotas, tasas de financiación reducidas, en línea con las expectativas de que se profundice el actual comportamiento descendente de las tasas de interés en el mercado, y requisitos de acceso simplificados. A fin de maximizar la efectividad de la medida, tanto como herramienta de regularización para los contribuyentes como en su contribución al sostenimiento de los niveles de recaudación, resultaría conveniente que dicho régimen permitiera la inclusión de obligaciones incorporadas en planes de facilidades de pago anteriores, vigentes o caducos, así como de retenciones y percepciones practicadas y no ingresadas, anticipos y los recargos e intereses vinculados a obligaciones ya canceladas.

• Disponer, por un plazo determinado, la suspensión o limitación de la traba de medidas cautelares y embargos respecto de aquellos contribuyentes que adhieran al régimen de regularización o acrediten encontrarse en un proceso de normalización de sus obligaciones fiscales.

• Evaluar la implementación de mecanismos que faciliten la permanencia de los contribuyentes en el sistema formal, promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y favoreciendo la recuperación gradual de la capacidad contributiva de las empresas afectadas. Entendemos que la implementación de medidas de esta naturaleza contribuirá no sólo a mejorar los niveles de cumplimiento y recaudación en el mediano plazo, sino también a evitar el agravamiento de situaciones de vulnerabilidad financiera, favoreciendo la continuidad de las actividades productivas y la preservación del entramado económico nacional. Ello reviste especial relevancia en el caso de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que constituyen uno de los principales motores de la generación de empleo y del desarrollo económico en todo el territorio de la República Argentina.

Como siempre, la Federación se mostró siempre dispuesta a colaborar técnicamente con las autoridades.

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