Desde la Secretaría de Trabajo de la Provincia realizaron un recordatorio institucional sobre los Procedimientos Preventivos de Crisis y la tramitación de acuerdos previstos en el art. 223 bis LCT:
La autoridad laboral exige cumplir con los siguientes pasos:
- Acreditación legal: Presentar datos de la empresa, actividad y acreditar personería del solicitante (domicilio real y constituido). Deben iniciarse con una antelación mínima de 10 días hábiles.
- Documentación de la crisis: Detallar los hechos que fundamentan la solicitud y presentar pruebas contables/financieras Iniciar Trámite PPC.
- Notificación al gremio: Informar a la entidad sindical correspondiente
Procedimiento Preventivo de Crisis https://cidi.cba.gov.ar/portal-publico/tramite/720E5B0B-4CC7-EE11-BD42-005056A190FF
Solicitud Decreto 328/88 https://cidi.cba.gov.ar/portal-publico/tramite/A4C975CE-D6DB-EE11-BAAB-005056A1885B



