La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó el régimen de información y debida diligencia de cuentas que deben cumplir las entidades financieras argentinas, para que estén en línea con los estándares internacionales (CRS) elaborados por la OCDE.
La Resolución General 5887/2026, publicada en el Boletín Oficial precisa qué instituciones financieras e instrumentos de inversión colectiva quedan excluidos del régimen. Esto busca evitar que queden excluidos sujetos o vehículos que no reúnan, por sí mismos, condiciones exigidas para ser considerados de bajo riesgo, ni cuenten con una institución financiera sujeta a declarar que cumpla, en su lugar, las obligaciones de debida diligencia y reporte.
La norma también actualiza las condiciones para determinadas cuentas de depósito excluidas, a efectos de reflejar correctamente las cuentas alcanzadas y evitar interpretaciones extensivas incompatibles con el CRS.
Los cambios se aplican a las obligaciones de información del período fiscal 2026 y siguientes.



