Detalle según secciones de la Resol. 635/2024, ampliar contenido en la misma!!!.
Las obligaciones generales que la R N° 42 impone a los contadores que lleven a cabo encargos de auditoría alcanzados por dicha norma, y que por ende resulten sujetos obligados que pueden informar a la UIF, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en el inciso 17 del artículo 20 de la Ley 25.246 y el artículo 26 de la R N°42 de la UIF son consideradas en la presente sección.
3.1. De acuerdo con la Resolución N° 50/2011 (y sus modificatorias) de la UIF, el contador que califique como sujeto obligado debe registrarse ante dicho organismo….
3.4. Las normas de auditoría aplicables imponen al contador la obligación de identificar a sus clientes y obtener un conocimiento apropiado de ellos. La R N°42 refuerza este requerimiento poniendo énfasis en los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT). En los clientes alcanzados por la mencionada Resolución, el contador llevará a cabo esta tarea conforme a los lineamientos que se detallan en la Sección 4…
3.5. El contador implementará un sistema de PLA/FT que contendrá todas las políticas, procedimientos y controles que le permitan:
– identificar, evaluar, supervisar (“monitorear”, en los términos de la R N°42), administrar y mitigar eficazmente los riesgos de LA/FT a los que el contador se encuentra expuesto; y
– cumplir con las obligaciones exigidas por la normativa vigente.
3.6. El sistema de PLA/FT se diseñará con un enfoque basado en riesgo…
3.12. El contador identificará, evaluará y comprenderá los riesgos de LA/FT a los que se encuentra expuesto en relación con los encargos de auditoría alcanzados por la R N°42, a fin de adoptar medidas apropiadas y eficaces de administración y mitigación, reforzándola en caso de ser necesario.
3.13. El contador elaborará un informe técnico de autoevaluación de riesgos de LA/FT, siguiendo una metodología de identificación, evaluación y comprensión de riesgos acorde con la naturaleza y dimensión de su actividad profesional, que tome en cuenta: ….
3.15. Los informes técnicos de autoevaluación de riesgos y la metodología empleada para realizarla, así como su actualización, estarán documentados, serán conservados por el término de 10 años, y serán remitidos a la UIF antes del 30 de abril del año en que corresponda su presentación. ….
3.17. En situaciones identificadas como de riesgo alto, el contador adoptará medidas reforzadas para mitigarlos, debiendo dejar documentadas su ejecución y conclusión….
3.19. Sin perjuicio de los requerimientos particulares que al respecto establezcan las normas profesionales aplicables, el contador adoptará políticas, procedimientos y controles – con relación a los encargos de auditoría y a los clientes involucrados en ellos – para administrar y mitigar los riesgos de LA/FT,…
3.20. El Manual de PLA/FT contemplará, con un enfoque basado en riesgo, al menos, los siguientes aspectos:….
3.22. El contador recibirá capacitación anualmente en materia de PLA/FT, así como respecto a las políticas, procedimientos y controles del sistema de PLA/FT y su adecuada implementación, a los fines de administrar y mitigar eficazmente los riesgos identificados.
3.23. A su vez, la capacitación será brindada a los empleados y otros colaboradores del contador afectados a los servicios de auditoría de estados contables….
3.27. El contador cumplirá con las siguientes reglas en materia de conservación de documentación….
3.29. El contador que preste servicios de auditoría alcanzados por la R N°42 presentará anualmente los siguientes reportes a través del sitio www.argentina.gob.ar/uif o el mecanismo que lo sustituya en un futuro:
Reporte sistemático anual de entidades auditadas ….
3.32. Este reporte debe ser remitido a la UIF entre el 2 de enero y el 15 de marzo inclusive de cada año, respecto de las auditorías concluidas en el año calendario anterior. ….
Reporte sistemático anual (RSA)
3.33. A través del RSA, el contador presentará a la UIF la siguiente información:
Información general sobre el contador (su nombre, domicilio y actividad).
Información sobre el tipo de actividad desarrollada (en el caso de auditorías, solo las alcanzadas por la R N°42) y cantidad de auditorías realizadas en el año (en las que el contador haya participado como sujeto obligado….
3.34. Este informe debe ser remitido a la UIF entre el 2 de enero y el 15 de marzo inclusive de cada año, respecto del año calendario anterior.