Agro: suspenden temporalmente los derechos de exportación para granos y subproductos

Hasta el 31 de octubre de 2025, habrá alícuota cero para la exportación de granos, harinas, aceites y otros productos derivados de los principales cultivos agropecuarios, con un tope de U$S 7.000 millones.

El Gobierno nacional decidió suspender en forma temporal los derechos de exportación para los granos, oleaginosas y subproductos hasta el 31 de octubre de 2025.

Lo hizo mediante el Decreto 682/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial, que busca incentivar la liquidación de divisas en las próximas semanas.

La norma, que empieza a regir el 23 de septiembre, fija en 0% la alícuota del Derecho de Exportación para mercaderías del sector agropecuario y agroindustrial hasta el 31 de octubre de 2025, inclusive, o hasta la finalización del día en que se alcance la suma de registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) por un importe equivalente a U$S 7.000 millones, lo que ocurra primero.

Se incluyen: soja, maíz, trigo, cebada, girasol, harinas, aceites y otros subproductos agropecurios, como el biodiésel.

Para acceder al beneficio temporal, los exportadores deberán liquidar al menos el 90% hasta 3 días hábiles de efectuada la DJVE correspondiente, ya sea por cobros de exportaciones, anticipos de liquidación o supuestos de prefinanciación o postfinanciación externa.

Vencido el plazo  deberá tributarse la alícuota del derecho de exportación que corresponda a la posición arancelaria de que se trate, vigente el día anterior al de la entrada en vigor de la presente medida.

Vigencia. El tratamiento arancelario establecido será de aplicación efectiva respecto de quienes presenten las DJV, o bien oficialicen el permiso de embarque desde el 23 de septiembre y hasta el 31 de octubre de 2025.

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