Análisis. Estos son los aspectos impositivos claves incluidos en la reforma laboral

La Ley de Modernización Laboral incorpora modificaciones relevantes en materia tributaria que impactan tanto en personas humanas como en empresas, particularmente Pymes y sectores agroindustriales. Hernán Herquicia, asesor impositivo del CPCE, analiza los ejes. Hay cambios que tienen vigencia desde este año.

Ganancias

1- Actualización de quebrantos impositivos

Los quebrantos generados en ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2025 serán actualizables por IPC.

2 – Exención rendimiento plazos fijos en moneda extranjera

Art. 26 inciso h) Desde el 1° de enero de 2026 se sustituye la expresión “plazo fijo en moneda nacional” por “plazo fijo”, quedando exentos también los que se constituyan en moneda extranjera.

3 – Inmuebles a) Alquiler de casa habitación

Modificación del Art. 26 inciso n).

Se exime del Impuesto a las Ganancias la renta derivada del alquiler de inmuebles destinados a casa habitación.

No resulta aplicable lo previsto la deducción del artículo 85 inciso k) para locadores.

4 – Venta de inmuebles alcanzados por impuesto cedular

Se exime el resultado por enajenación de inmuebles y transferencia de derechos alcanzados por el impuesto cedular del art. 99 de la ley del gravamen.

La exención rige por las operaciones realizadas desde l 01/01/20206, aunque la ley rige desde 6.3.2026.

5 – Valuación de inventarios – invernada o engorde

Se incorpora la posibilidad para los establecimientos de invernada o engorde a corral de optar por valuar sus existencias de hacienda aplicando los métodos previstos en los incisos a) o b) del artículo 57 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Impuestos internos

Se derogan determinados impuestos selectivos al consumo a partir del primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la ley (Abril del 2026):

  • Seguros.
  • Telefonía celular y satelital.
  • Objetos suntuarios (joyas, piedras preciosas)
  • Vehículos automóviles y motores.
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