La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan de facilidades de pago permanente, de hasta 18 cuotas, específico para contribuyentes en concurso preventivo de acreedores o en estado falencial (es decir, previamente al reconocimiento judicial de la quiebra) pero que continúen con su actividad.
Este nuevo plan permite regularizar aquellas deudas de obligaciones impositivas y de la seguridad social devengadas con posterioridad a la fecha de presentación en concurso o de declaración de quiebra con continuidad, respectivamente, y vencidas hasta dos años posteriores a dicha fecha.
Según el tipo de contribuyente, se podrá acceder al plan sin realizar pago a cuenta o ingresando el 1% o 3% del total adeudado.
La tasa de interés financiero será el equivalente a la de interés resarcitorio estipulada en la Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía y sus modificatorias, la que actualmente está ubicada en un 2,75% mensual. La cantidad máxima de cuotas es de 18.
El beneficio, que estará vigente desde el 26 de septiembre de 2025, fue instrumentado por medio de la Resolución General 5759/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Condiciones
Al mismo tiempo, ARCA actualizó el monto mínimo de pago a cuenta y cuotas desde $ 2.000 a $ 50.000 para la totalidad del régimen de facilidades de pago de la Resolución General 5321/2023.
TIPOS DE CONTRIBUYENTES (artículo 4º) |
CONDICIONES | PLAN DEUDA POSTCONCURSAL y POST QUIEBRA | |
Perfil de cumplimiento | |||
I | II | ||
Pequeños Contribuyentes, Micro y Pequeñas Empresas, Entidades sin fines de lucro |
Pago a Cuenta | Sin pago a cuenta | |
Cantidad máxima de planes | 1 por obligación | ||
Cantidad máxima de cuotas | 18 | ||
Tasa de financiación | Según Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía | ||
Medianas Empresas Tramo 1 | Pago a Cuenta | 1% | |
Cantidad máxima de planes | 1 por obligación | ||
Cantidad máxima de cuotas | 18 | ||
Tasa de financiación | Según Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía | ||
Medianas Empresas Tramo 2 |
Pago a Cuenta | 3% | |
Cantidad máxima de cuotas | 18 | ||
Tasa de financiación | Según Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía | ||
Demás Contribuyentes |
Pago a Cuenta | 3% | |
Cantidad máxima de planes | 1 por obligación | ||
Cantidad máxima de cuotas | 18 | ||
Tasa de financiación | Según Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía |