Se aplicará alícuota 0% para los derechos de exportación hasta el 31 de octubre de 2025. No hay tope en monto. Se reglamentó beneficio para granos y subproductos.
Hasta el 31 de octubre de 2025, habrá alícuota cero para la exportación de granos, harinas, aceites y otros productos derivados de los principales cultivos agropecuarios, con un tope de U$S 7.000 millones.
La Aduana implementó cambios que automatizan los procesos digitales.
El Banco Central segmentó las declaraciones del Relevamiento de Activos y Pasivos Externos para reducir exigencias de empresas más chicas.
Los importadores podrán aplicar los saldos a favor para cancelar derechos de importación.
Se trata del 88% bienes industriales que abonaban entre el 3% y el 4,5%.
Se trata de resoluciones generales de la ex AFIP que daban intervención a diversas entidades en la verificación de mercadería importada.
Desde el lunes 14 los exportadores liquidarán la totalidad de las divisas en el mercado oficial.
Las nuevas alícuotas rigen desde el 31 de marzo de 2025.
Se habilita la modificación de manera digital, con ciertas condiciones. También hay adecuaciones en normas para exportar cueros y afines.