IPJ permite que los documentos tengan firma ológrafa y digital, en forma simultánea

El ente que regula a las personas jurídicas de la Provincia de Córdoba introdujo una modificación en su normativa.

La Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Córdoba (IPJ) dispuso que los documentos a presentar ante el organismo puedan contener tanto firmas ológrafas como digitales de manera simultánea, bajo ciertos requisitos.

Antes de esta decisión, solo eran aceptados con un único tipo de firma

Mediante la Resolución General 49/2025,  la IPJ estableció que, para implementar ambas firmas, las firmas ológrafas deben ser estampadas primero en el documento para garantizar la posterior verificación de las digitales.

Además, se estableció que las certificaciones notariales o bancarias de estas firmas también deben realizarse en esta primera etapa.

La norma aclara que las firmas digitales se deben añadir después, asegurando que cumplan con la Ley de Firma Digital (Ley 25.506) para que puedan ser verificadas.

Esta medida busca adaptarse a las ventajas que ofrece la tecnología, sin dejar de lado la seguridad de los documentos, señaló el organismo

Nuevas formas de certificar firmas

La IPJ incorporó más opciones para la certificación de firmas:

  • Certificación presencial: ahora se puede legitimar una firma directamente ante un funcionario designado de la Dirección. Este último verificará la identidad del firmante, pero no el contenido del documento.
  • Firma digital por CIDI: Se autoriza el uso de la firma digital a través de la aplicación Ciudadano Digital (CIDI). Todos los firmantes deben tener Nivel 2 y seguir el procedimiento detallado en la resolución.

Documentos de otras jurisdicciones

La resolución de la IPJ establece que los documentos provenientes de otras jurisdicciones con competencia registral no necesitan ser legalizados, siempre que su autenticidad e integridad se pueda verificar en el propio documento.

Esto aplica a documentación firmada por autoridades nacionales, provinciales o municipales. Los documentos del extranjero siguen requiriendo la autenticación y apostilla o legalización consular correspondiente.

Otros cambios

Formatos y presentación: la documentación debe ser presentada en archivos PDF individuales y, en el caso de documentos que van en libros sociales digitales, deben adjuntarse a través del ‘Comprobante de Documentación Digital’ del Portal de Trámites de IPJ. No se aceptarán fotografías.

Autoridades certificantes: se amplían las autoridades que pueden certificar firmas. Además de los notarios y bancos, se reconoce la certificación de juzgados de paz, autoridades policiales y, como novedad, de funcionarios de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas.

 

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X