Nuevo plan de pagos de ARCA para regularizar deuda hasta 60 cuotas

Es para regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025. Se podrá adherir desde el próximo 1 de julio.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo plan especial de facilidades de pago destinado a regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025.

Podrán adherirse las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes.

El acogimiento podrá realizarse entre el 1 de julio y el 30 de diciembre de 2025.

Tipo de obligaciones incluidas

Se podrán regularizar deudas impositivas y de la seguridad social, de Monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero.

Están excluidas retenciones y percepciones previsionales, anticipos o pagos a cuenta, IVA por servicios del exterior, aportes y contribuciones a obras sociales (excepto Monotributo) y ART, aportes del servicio doméstico y trabajadores rurales, impuesto a los cigarrillos, entre otros.

No se pueden incluir cuotas de planes de facilidades de pago vigentes. La regularización no implica la reducción de intereses ni la liberación de las pertinentes sanciones.

Condiciones

  • No habrá limitaciones en la cantidad de planes a presentar.
  • La fecha de consolidación será la fecha de adhesión.
  • En cuanto a los pagos a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y tasa de financiación fija a otorgar será de la siguiente manera:
 

Tipo de contribuyentes

 

% de pago a cuenta

 

Cuotas

 

Tasa de financiación

Personas humanas y sucesiones indivisas , Micro, Pequeñas Empresas- , Entidades sin fines de lucro y sector salud 10% 60 50% de la tasa de interés resarcitorio -según normativa del MECON- vigente al momento de la implementación del régimen.
Medianas Empresas-Tramo 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas 15% 48
Resto de los contribuyentes 20% 36

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $ 2.000 por cuota, mientras que la caducidad del plan se determinará a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternativas.

 

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