Nuevos parámetros para que las empresas sean consideradas Mipymes

La categorización tiene en cuenta ventas anuales por sector, límites de personal ocupados y activos totales, según el rubro.

La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa modificó los parámetros que se tomarán en cuenta para la categorización como Micro, pequeña o mediana empresa, tramo 1 o 2, , a partir del 1 de abril de 2026.

Lo hizo a través de la Resolución 1/2026, publicada en el Boletín Oficial, que define nuevos valores actualizados para las ventas totales anuales, personal ocupado y activos expresados en pesos, por sector.

También se incluye un procedimiento especial para la categorización de las cooperativas, que recepta sugerencias de los interesados.

De esta manera, desde el 1 de abril, los nuevos montos de límites totales de ventas anuales quedan en $ 36,93 millones para la construcción; $ 26,66 millones para los servicios; $ 84,07 millones para el comercio; $ 129,79 millones para la industria y minería, y $ 31,26 millones para el agro.

Además, para las empresas que están afectadas por el tope de activos, el monto máximo quedó en $ 3.438.000.

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