Prevención de lavado: FACPCE publicó una guía para el informe de contadores a la UIF

Es una herramienta que permite elaborar el informe técnico que los sujetos obligados deben presentar ante la entidad oficial.

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) elaboró una guía orientativa para la elaboración del Informe Técnico de Autoevaluación de Riesgos (ITAER) y el modelo de matriz de riesgo para la prevención del lavado de activos.

El documento fue desarrollado como una herramienta de apoyo destinada a los profesionales matriculados de Ciencias Económicas que, en su carácter de sujetos obligados, deben presentar el informe ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

La publicación tiene carácter orientativo y constituye una alternativa para la confección del informe, aunque la Federación aclara que queda criterio de cada profesional su utilización, conforme a su leal saber y entender.

Utilidad de la guía

El propósito de la guía es establecer los contenidos mínimos que permitan al contador sujeto obligado cumplir con el requerimiento establecido en el artículo 5 de la Resolución 42/2024 de la UIF de llevar a cabo una evaluación de sus riesgos y la forma en que los administra y mitiga, y comunicar a ese organismo de control los resultados obtenidos cada dos años (o un plazo menor en el caso de que ocurran cambios significativos).

El modelo de ITAER y la Matriz de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LAFTFP) fueron redactados para cubrir encargos de auditoría alcanzados por la R 42 de UIF.

En el caso de que el contador realice actividades específicas previstas en el artículo 2, inciso 1, apartado I de la R 42 (“operaciones por cuenta y orden de terceros”), adaptará su ITAER y la respectiva Matriz de Riesgos para reflejar los riesgos – inherente y residual – y las respectivas políticas, procedimientos y controles mitigantes para cada línea de servicios (“auditorías” y “otras actividades específicas”).

Los riesgos y las políticas, procedimientos y controles para cada línea de servicios podrían no ser los mismos, lo que obliga al contador sujeto obligado a llevar a cabo evaluaciones independientes para cada una de esas líneas.

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