El Gobierno nacional envió el jueves al Congreso un proyecto para modificar la Ley Penal Tributaria, el Código Civil y la ley de Procedimiento tributario que incluye, entre otras reformas, la suba de los pisos para penalizar la evasión.
La iniciativa fue presentada en una conferencia de prensa por el titular de la ARCA, Juan Pazo, y el presidente de la Comisión de Presupuesto de Diputados, José Luis Espert.
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Nuevos mínimos
Prevé elevar los umbrales mínimos para considerar evasión y aumentar las multas por incumplimiento.
Los nuevos mínimos son: evasión simple, pasa de $ 1,5 millones a $ 100 millones, para evasión agravada, de $ 15 millones a $ 1000 millones, para evasión agravada por utilización de personas interpuestas y utilización fraudulenta de exenciones, de $ 2 millones a $ 200 millones.
Para la utilización de facturas o documentos apócrifos, de $ 1.500.000 a $ 100 millones y para aprovechamiento Indebido de Beneficios Fiscales Monto de $ 1.500.000 pasa a $ 100 millones.
Delitos relacionados con la seguridad social: evasión simple, pasa de $ 200.000 a $ 7.000.000, para evasión agravada, de $ 1.00.000 a $ 35.000.000 y para apropiación, aumenta de $100.000 a $3.500.000.
Para los delitos fiscales comunes, en el caso de simulación dolosa de cancelación de obligaciones, pasa de $ 500.000 a $ 20.000.000 por cada ejercicio anual y de $ 100.000 a $ 3.500.000 por mes.
Por otra parte, los contribuyentes tendrán la opción de ponerse al día para evitar la denuncia. Antes de realizar una denuncia penal, el organismo recaudador enviará una notificación al contribuyente. Si se cancelan la deuda y los intereses al ser notificado, no se procederá en la demanda.
Eststa excepción regirá por una sola vez. Si se vuelve a cometer el delito, se avanzará en una denuncia.
Agentes de retención y percepción quedan excluidos de los beneficios.
En el caso de que se inicie la acción legal y la denuncia penal este en curso, el contribuyente podrá pagar la deuda, los intereses y el 50% del total que sumen los dos ítems anteriores en los 30 días hábiles desde la notificación. Así se extinguirá la acción penal.
Aumento de multas
En tanto, el proyecto actualiza la multas por incumplimiento (fijas desde 2023).
Entre otras, las que surgen de presentaciones irregulares, que estaba entre $ 200 y $ 400 pasará a ser de entre $ 220.000 y $ 440.000. Aquellas surgidas por faltas mayores ascienden hasta $ 10.000 millones.
Régimen Simplificado de Ganancias
El proyecto también ratifica por ley la creación de la declaración jurada simplificada para el Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes.
Está prevista para quienes tengan ingresos de hasta $ 1.000 millones anuales y $ 10.000 millones de patrimonio. Los grandes contribuyentes no podrán adherir a este régimen.
El régimen propone 90 días para presentar la información. ARCA deberá informar cuánto se debe pagar y el contribuyente podrá determinar si hay inconsistencias o si deben hacerse correcciones o exenciones.
El funcionario aclaró que la idea es “limitar la fiscalización al período declarado en la última declaración jurada porque va a tener una presunción de exactitud”. Esto incluye todos los tributos vinculados.
La adhesión funcionará como “tapón fiscal” por lo que, al adherir, no se revisarán los dos períodos anteriores.
Plazos de prescripción
El proyecto busca unificar los plazos de prescripción entre Nación, provincias (no se permitiría que estas puedan modificarlos) y municipios.
La norma reduce el plazo de prescripción en materia tributaria de 5 a 3 años, pero sólo para contribuyentes inscriptos que hayan presentado la declaración jurada. Salvo, que se encuentre una discrepancia significativa.
En materia de seguridad social, el plazo bajaría de 10 a 5 años.