La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el esquema de reintegros por exportación al incorporar más opciones a las que pueden acceder los exportadores para la cancelación de obligaciones futuras.
La medida, instrumentada por medio de la Resolución General 5768/2025, está habilitadas para operadores cuyas exportaciones no superen los 2 millones de dólares anuales, lo que representa al 85% del universo total de los exportadores.
ARCA aclaró que adecuó la normativa con el fin de ampliar los beneficios y agilizar la utilización de saldos.
Además, los exportadores que no posean deudas de los recursos de la seguridad social, impositiva o aduanera, líquidas y exigibles podrán optar, además de recibir la devolución mediante transferencia en la Clave Bancaria Uniforme (CBU), por un bono electrónico aplicable a la cancelación de obligaciones impositivas futuras, o bien por la registración de un crédito en la “Cuenta Única de Recaudación Aduanera a Afectar” del Sistema Informático MALVINA (SIM) para el pago de obligaciones aduaneras futuras.
¿Cómo es el esquema y desde cuándo podrá aplicarse?
Este proceso y régimen optativo estará disponible desde el 8 de octubre de 2025.
Los exportadores que pretendan utilizar los créditos deberán efectuarlo mediante el Servicio con clave fiscal “Solicitud Disposición de Créditos Aduaneros” del módulo “Cuenta Corriente Aduanera”.
¿Quiénes pueden acceder?
La opción alcanza a los Exportadores del Grupo I, integrado por aquellos que hayan realizado operaciones anuales de exportación por un monto inferior a los 2 millones de dólares estadounidenses, y que representan el 85 % del universo total de exportadores.