SISA: se actualizan parámetros y períodos considerados para el sector agropecuario

El fisco nacional modificó el sistema de información agrícola (SISA) para flexibilizar criterios de calificación y adecuara períodos de información a los ciclos productivos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones al “Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)”, con el objetivo de flexibilizar criterios de calificación fiscal y adecuar los períodos de información productiva a los nuevos ciclos agrícolas nacionales.

Mediante la Resolución General 5771/2025, publicada en el Boletín Oficial, se adecuaron los parámetros objetivos utilizados para asignar los distintos “estados” de riesgo (1, 2 o 3) .

Para alcanzar el Estado 1 (bajo riesgo), además, de la calificación “A” se incorpora la calificación “B” en SIPER.

Por otra parte, se modifican las fechas y contenidos de la declaración de la “Información Productiva”, IP1, que a partir de la próxima campaña agrícola deberá presentarse del 1 de septiembre al 31 de octubre de cada año, incluyendo las existencias al 31 de agosto y las superficies agrícolas correspondientes a los cultivos de invierno.

Según ARCA, se trata de un cambio que busca acompañar la extensión de los ciclos productivos generada por innovaciones tecnológicas y condiciones climáticas variables.

Por último, se actualizan los parámetros de incumplimiento, precisando las situaciones que implican una incorrecta conducta fiscal, incorporando condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o conexos, tanto para personas físicas como jurídicas.

Además, la norma redefine el tratamiento de inconsistencias reportadas por el Banco Central en materia de ingreso y liquidación de divisas, estableciendo un umbral mínimo actualizado de 10% del valor FOB de exportaciones o USD 10.000, el que resulte mayor.

¿Cómo era antes?

Cabe recordar que hasta el momento, uno de los requisitos a cumplir para que un productor u operador sea categorizado como 1 en SISA era contar con SIPER A. Asimismo, para evitar la baja de scoring originada por las inconsistencias o incumplimientos informados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) en cuanto a la obligación de ingresar y liquidar divisas, se debía cumplir con la totalidad de los permisos informados por el BCRA.

De igual forma, los períodos de presentación de la Información Productiva (IP1) estaban definidos en función de un esquema de campañas tradicional, que no contemplaba las ampliaciones recientes en los plazos de siembra y cosecha.

WhatsApp
Facebook
LinkedIn
X