Casas Particulares: se habilitó el débito automático de los aportes

Desde este mes se podrá adherir para evitar el trámite de pago cada mes.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la opción del débito automático para el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social de empleadores de Casas Particulares.

La medida se estableció mediante la Resolución General 5723/2025, publicada en el Boletín Oficial, y permitirá que el empleador no gestione el pago mes a mes, sino que con un único trámite de adhesión, el pago se debite en forma automática.

La opción estará disponible para el pago mensual de las contribuciones y aportes patronales, cuota correspondiente a la Obra Social y a la Aseguradora del Riesgo del Trabajo (ART).

Actualmente, los pagos se realizan de forma presencial mediante el formulario 102/RT o por vía electrónica a través de billeteras virtuales -pago de obligaciones con importes prestablecidos-, QR, Homebanking y tarjeta de crédito -previa generación del Volante Electrónico de Pago (VEP)-. Cualquiera de estas modalidades implica que el contribuyente deba ingresar cada mes para saldar las sumas previsionales de los trabajadores de Casas Particulares.

Cuándo se puede adherir. La opción estará disponible desde el 15 de julio de 2025. Para las adhesiones realizadas hasta último día de cada mes se debitará la obligación con vencimiento el día 10 del mes siguiente.

Cómo es el trámite

Para adherir el pago de los aportes y contribuciones al débito directo en cuenta bancaria, se deberán seguir los siguientes pasos:

  1.   Acceder al portal de ARCA www.arca.gob.ar con CUIL/CUIT y  Clave Fiscal.
  2.   Ingresar al Registro Especial del Personal de Casas Particulares.
  3.   Verificar dentro del menú de “Trabajadores” la pantalla de “Trabajadores a cargo”.
  4.   Hacer click en el botón “Adherir al débito automático”.
  5. Seleccionar CBU: El sistema mostrará las Claves Bancarias Uniformes (CBU) previamente cargadas. Seleccionar la deseada, la que deberá ser de titularidad del empleador.
  6.   Agregar Nueva CBU (Opcional): Si se requiere agregar una nueva CBU, el sistema lo redireccionará al servicio “Declaración de CBU”.

Para realizar la adhesión por tarjeta de crédito, el trámite deberá ser realizado a través de la administradora. El contribuyente verá reflejada la operación en el siguiente resumen.

Dentro del Registro Especial del Personal de Casas Particulares, el contribuyente podrá ver si efectivamente se concretó el pago, o si hubo algún tipo rechazo en el intento de débito, como por falta de fondos, cierre de la cuenta, etc.

Previo a acceder al nuevo mecanismo de débito automático, el empleador deberá asegurarse de tener la información actualizada en el registro, tales como la condición del empleado, la cantidad de horas semanales de la relación laboral y la CBU de donde se realizará el débito.

Modificación de oficio. Por otra parte, y en aquellos casos en que ARCA detecte por información propia o de terceros, datos desactualizados en el Registro, podrá modificarlo de oficio identificando los mismos con una marca en el mencionado Registro.

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