El CPCE informa a sus afiliados que las solicitudes de reintegro deberán presentarse dentro de los 90 días de la fecha de la prestación.
Prestaciones Médicas
Los comprobantes de pago deberán ser originales o autenticados y contener: fecha de prestación, nombre del paciente, diagnóstico, monto abonado y sello y firma del prestador. Las solicitudes incompletas estarán sujetas a evaluación.
Medicamentos
Se reconocerán reintegros en localidades sin convenios con farmacias o por casos de urgencia debidamente justificados. Es requisito presentar factura o ticket fiscal con detalle de los medicamentos, junto con la receta médica correspondiente.
El tope de cobertura es de seis medicamentos mensuales por beneficiario, ampliable con autorización médica.
Para más información y consultas: reintegros@cpcecba.org.ar
















