ARCA difundió un instructivo para aplicar los beneficios del RIFL en la herramienta web que genera el formulario 931.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó la Guía 56 para la utilización del Libro de Sueldos Digital (LSD) en los casos de la adhesión al Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL).
El régimen, implementado en la ley 27.802 de Modernización Laboral, fue reglamentado por el Decreto 315/2026 y la Resolución General 5844/2026 (ver “ARCA estableció los procedimiento para acceder al régimen de formalización laboral”.
Para acceder al beneficio de reducción de alícuotas de contribuciones patronales, los empleadores privados que contraten nuevos trabajadores entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027 deberán informar las nuevas relaciones laborales a través del servicio web de la página de ARCA.
Para ayudar en este trámite, ARCA lanzó la Guía n° 56 – LSD: Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL).
Los puntos destacados de la guía son los siguientes:
- El código que se informa al momento de confeccionar la Declaración Jurada de Seguridad Social F 931, para cada relación laboral alcanzada por el RIFL, es “710 – Régimen de Incentivo para la Formalización Laboral – Ley 27.802”. El código se ve en el Perfil del Trabajador en el desplegable de modalidad de contratación.
- Se aplica una alícuota del 2% para las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares, correspondientes a los primeros 48 meses desde el inicio de la nueva relación laboral.
- Se suma otra alícuota del 3% con destino al Subsistema de Seguridad Social regido por la ley 19.032 (INSSJP) por el mismo período.
Requisitos de adhesión
El empleador podrá gozar del beneficio por cada nuevo trabajador incorporado en tanto:
- a) No haya contado con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025;
- b) Previo al mes de alta laboral, hubiera estado desempleado en los últimos 6 meses;
- c) Hubiera estado inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes;
- d) Su último empleo haya sido bajo relación de dependencia en el sector público nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.



