La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció las condiciones para acceder a los beneficios del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), previsto en la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que fue reglamentado el 30 de abril (ver “Reglamentan el Régimen de Incentivos a la Formalización Laboral”)
La Resolución General 5844/2026, publicada en el Boletín Oficial, define las alícuotas a pagar por los empleadores beneficiados e implementa la herramienta web que se deberá utilizar para acceder al beneficio.
Sujetos comprendidos
El régimen alcanza a los empleadores del sector privado por cada nuevo trabajador incorporado entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, siempre que el empleado encuadre en las condiciones establecidas en la ley.
Alícuotas aplicables
Las alícuotas de contribuciones patronales serán aplicadas y distribuidas entre los diferentes subsistemas de la seguridad social de acuerdo con el siguiente cuadro:
| Alícuotas contribuciones de seguridad social – Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (en %) | |||||
| Tipo de empleador | Sistema Previsional Argentino (SIPA) | Régimen de Asignaciones Familiares (AAFF) | Fondo Nacional del Empleo (FNE) | Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) | TOTAL |
| Ley 27541, art. 19 inc. A | 1,31 | 0,57 | 0,12 | 3,00 | 5,00 |
| Ley 27541, art. 19 inc. B | 1,31 | 0,57 | 0,12 | 3,00 | 5,00 |
Registración
A los efectos de ejercer la opción los empleadores deberán registrar a cada nuevo trabajador incorporado durante el período previsto mediante el servicio “Simplificación Registral”, utilizando el siguiente código de modalidad de contratación:
| Código | Modalidad de contratación |
| 710 | Régimen de Incentivo para la Formalización Laboral – Ley 27.802 |
Utilización del beneficio
El beneficio de reducción de alícuotas se aplicará a partir del período fiscal correspondiente al inicio de la nueva relación laboral y en los 47 períodos fiscales siguientes, en tanto se mantenga vigente la citada relación laboral.
El goce del referido beneficio se encontrará supeditado a que en la declaración jurada determinativa y nominativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social (F. 931), el empleador informe al trabajador bajo el perfil correspondiente al RIFL.
Declaración jurada, determinación e ingreso de los aportes y las contribuciones
A los efectos de la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, en el sistema Declaración en línea deberá utilizarse el código de modalidad de contratación 710 para identificar a los trabajadores alcanzados por la adecuación de las alícuotas de contribuciones patronales, independientemente de que sea a jornada completa o parcial.
Para este fin, ARCA pondrá a disposición de los empleadores el release 7 de la versión 47 del sistema, el que permitirá aplicar las nuevas alícuotas de las contribuciones patronales en forma automática, y cuya información vinculada estará disponible en el micrositio “Declaración en línea” de la web institucional
Retroactividad. Aquellas altas de trabajadores registradas entre el 1 de mayo de 2026 y el 6 de mayo (día de puesta en vigencia) se podrán rectificar -en caso de cumplir con las pautas y requisitos establecidos- habilitando el código de modalidad de contratación previsto.



