ARCA reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) y definió los detalles para acceder al plan de regularización de obligaciones vencidas. El servicio estará disponible desde el 16 de junio.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó la implementación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) destinado a regularizar vínculos laborales iniciados hasta el 5 de marzo de 2026, inclusive, que se encuentren vigentes al momento de la adhesión.
La reglamentación del Poder Ejecutivo (Decreto 409/2026) determinó los porcentajes de condonación de las sumas adeudadas en concepto de aportes, contribuciones y cuotas con destino a los subsistemas de la seguridad social.
Y, a su vez, instruyó a la ARCA para que implemente un plan de facilidades de pago de la deuda que no resulte condonada, además de dictar las normas complementarias que resulten necesarias a los efectos de su aplicación.
ARCA, mediante la Resolución General 5862/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, estableció los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán observar los empleadores para solicitar la adhesión al régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) y para el acogimiento al referido plan de facilidades de pago o la cancelación de contado de la deuda no condonada.
Los empleadores del sector privado tendrán tiempo hasta el 28 de noviembre de 2026 para inscribirse al régimen y podrán incluir obligaciones vencidas hasta el último día del mes en que se realice la solicitud, es decir, hasta aquellas correspondientes al período octubre de 2026.
Opciones de pago y financiación
El régimen contempla condonaciones de deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social y a la obra social: 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro; 80% para medianas empresas y 70% para el resto de los empleadores.
Además, incluye la condonación del 100% de la deuda destinada al Sistema Nacional del Seguro de Salud (FSR), Riesgos del Trabajo (ART) y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO).
Para la deuda no condonada, ARCA habilitó un plan de facilidades de pago con tasas preferenciales del 1% mensual, que permitirá financiar la deuda en hasta 72 cuotas para micro y pequeñas empresas, así como entidades sin fines de lucro; 48 cuotas para medianas empresas y 36 cuotas para demás empleadores.
Para acceder al plan de facilidades, deberán abonar un pago a cuenta del 3%, 4% o 5% del monto total consolidado, respectivamente, según la condición del empleador. Las cuotas mínimas serán de $ 50.000.
| TIPO DE CONTRIBUYENTE | CUOTAS MÁXIMAS | PAGO A CUENTA |
| Micro y Pequeñas Empresas. Entidades sin fines de lucro |
72 |
3 % |
|
Medianas Empresas Tramo 1 y 2 |
48 |
4 % |
|
Demás empleados |
36 |
5 % |
Cómo adherir al régimen PER
Para la adhesión al régimen, los empleadores deberán regularizar las relaciones laborales registrándolas en el servicio (con clave fiscal) Simplificación Registral e incorporándolas, luego, en las declaraciones juradas de Seguridad Social originales o rectificativas, según corresponda.
El plan de facilidades se generará a través del servicio “Mis Facilidades” disponible en la web de ARCA. Los sistemas estarán disponibles desde el 16 de junio de 2026.



